Marlon Mora: Tres actos y la libertad de prensa en Costa Rica

El debate sobre la libertad de prensa y los límites de la crítica en el panorama mediático costarricense cobró un nuevo capítulo en 2019 con el caso del periodista Marlon Mora. El exdirector de Canal 15 UCR se enfrenta a un nuevo juicio tras la anulación de su condena inicial por difamación, demanda interpuesta por el excandidato presidencial Juan Diego Castro a raíz de comentarios emitidos en el programa «Suave un Toque» en 2017. Este proceso judicial, que en primera instancia resultó en una sentencia condenatoria en marzo de 2023, ha sido revocado por un Tribunal de Apelación, abriendo nuevamente la discusión sobre la presunta difamación y la posible prescripción de los hechos.

La incertidumbre rodea ahora el futuro legal de Mora, mientras la opinión pública y la comunidad periodística observan un caso que suscita la significativa discusión en Costa Rica en torno a los límites de la libertad de prensa y la crítica en los medios de comunicación, especialmente en el ámbito político.

Marlon Mora no es solo un nombre en el periodismo costarricense; es una figura polifacética que entrelaza la investigación académica con la práctica comunicativa. Su trayectoria profesional se cimentó tempranamente con un premio latinoamericano de fotoperiodismo en 2002. Sus primeros pasos en el ámbito de la comunicación incluyeron trabajos en el periódico La República, Radio Monumental y Radio Victoria desarrollando experiencia tanto en medios escritos como radiales.

Foto: Infomedio/2025

Entre 2013 y 2014, produjo junto con la Universidad Latina de Costa Rica el programa para redes sociales Pan y Circo, un espacio dedicado a la comunicación política electoral en un formato pionero en su época. Posteriormente, asumió la presidencia del Colegio de Periodistas de Costa Rica durante tres años consecutivos, de 2014 a 2016, demostrando su liderazgo y compromiso profesional. Como investigador, lideró el proyecto de investigación La comunicación política en Costa Rica: estrategia e imágenes políticas hacia la Presidencia de la República 2014-2018, conocido como VotoCR, una iniciativa muy bien recibida durante los procesos electorales y que sigue siendo relevante en el ámbito digital, logrando en el 2023, el Premio Latinoamericano Democracia Digital en su segunda edición por su contribución al voto informado.

Su vínculo con la Universidad de Costa Rica se fortaleció al dirigir Canal Quince UCR (2017-2021), donde impulsó innovadores programas periodísticos como «Esta semana en el 15«, el espacio de debate político «3SESENTA«y la producción audiovisual de semblanzas conocido como “Que no salga de Centroamérica”, además de liderar un cambio de identidad visual para el canal. Su liderazgo en Canal Quince fue reconocido con una mención de honor por su proyecto «Minuto 15». Su visión como comunicador también se ha manifestado en la organización de debates presidenciales y entrevistas a figuras destacadas del periodismo mundial.

El periodista Marlon Mora, fue denunciado penalmente por el excandidato presidencial, Juan Diego Castro, en el año 2019 cuando era director de Canal 15 de la Universidad de Costa Rica, por difamación en su contra difundidas a través del canal y redes sociales. donde se realizaba un programa de sátira política llamado «Suave un toque» realizado por la Federación de Estudiantes (FEUCR).

Desde su inicio, “Suave un Toque” generó debates debido a su estilo directo y satírico al tratar temas sensibles como la política, el presupuesto educativo, la concentración de medios y otros asuntos de interés público. Según la información disponible, el programa surgió de un contrato entre un colectivo de producción audiovisual y la FEUCR, que a su vez mantenía un convenio con Canal 15 – UCR para disponer de un espacio de “divulgación estudiantil”. Este convenio incluía el apoyo técnico del canal y el espacio para la transmisión.

Los episodios no estaban sujetos a control editorial por parte de los funcionarios del canal, y algunos incluso se grababan en el Estudio de la Escuela de Ciencias de la Comunicación Colectiva de la UCR, en lugar de los estudios de Canal 15.

La primera temporada del programa se emitió durante el segundo semestre de 2017, coincidiendo con la campaña presidencial en la que el abogado Juan Diego Castro lideraba las encuestas como candidato del Partido Integración Nacional (PIN). En el marco de esta temporada, “Suave un Toque” realizó un análisis de las personas candidatas a la presidencia.

El episodio titulado “Candidatos 3.0” fue el detonante de una demanda por difamación presentada por Juan Diego Castro contra Claudia Campos, presentadora del programa, Marlon Mora, director de Canal 15 – UCR, y la propia universidad. Durante la emisión, se realizaron comentarios críticos y satíricos dirigidos a Castro, centrados en su personalidad y trayectoria política, destacando el incidente de la compra de armas y el despliegue policial en la Asamblea Legislativa durante su gestión como ministro de Seguridad, así como la cercanía con José María Figueres y su vínculo con los Panama Papers.

El programa cuestionó la veracidad de sus promesas electorales, calificándolas de mentirosas e inconstitucionales, y lo acusó de recurrir al “populismo de derecha” para manipular el descontento social, así como de atacar a medios de comunicación críticos.

En el episodio también se mencionaron a los excandidatos presidenciales Rodolfo Piza, del Partido Unidad Social Cristiana (PUSC), y Antonio Álvarez Desanti, del Partido Liberación Nacional (PLN).

De acuerdo al testimonio de Mora, posterior a la emisión del programa, Juan Diego Castro inició un acoso mediático a través de sus redes sociales, lanzando mensajes difamatorios contra el periodista Marlon Mora y la presentadora del programa «Suave un Toque». Este patrón de conducta persiste hasta la fecha, con la intención de denigrar el trabajo profesional del periodista.

Entre 2018 y 2019, Castro intensificó sus acciones mediante intimidaciones formales, enviando numerosas solicitudes de información. Estos requerimientos buscaban obtener datos detallados sobre los presentadores y la producción del programa, con el fin de recabar información que pudiera ser utilizada en el juicio penal que se avecinaba.

El 8 de mayo de 2019, Juan Diego Castro realizó una transmisión en vivo a través de su página oficial de Facebook, titulada Inicia el 6° año de PACdesgobierno corrupto, gracias a La Nación y los 40 periodistas sinvergüenzas. Durante esta emisión, Castro expresó su intención de presentar una denuncia ante los tribunales de justicia contra Claudia Campos, a quien calificó como la persona más agresiva, mentirosa, injuriadora y difamadora de toda la campaña política, además de incluir en su denuncia a la Universidad de Costa Rica y a Marlon Mora.

En la misma transmisión, Castro arremetió contra varios periodistas y medios de comunicación costarricenses, como La Nación, Radio Monumental, Semanario Universidad y CR Hoy, entre otros.

Las acciones de Juan Diego Castro han tenido un impacto significativo en la vida profesional, personal y emocional del periodista Marlon Mora, quien ha descrito este proceso como largo y complejo. Mora ha enfatizado que el proceso, no solo afecta su trayectoria, sino que también representa una amenaza directa a la libertad de expresión, un principio fundamental en cualquier sociedad democrática.

El juicio por difamación contra Castro comenzó en noviembre de 2020, con una demanda que incluía alegaciones incorrectas y un reclamo económico. El Tribunal Penal del II Circuito Judicial de San José estuvo a cargo del caso.

Tras las audiencias iniciales a mediados de noviembre, se programó una segunda fase para diciembre. Sin embargo, el querellante no se presentó, argumentando una incapacidad por problemas de salud.

En consecuencia, el tribunal ordenó un dictamen médico legal a la Sección Clínica Médico Forense del Departamento de Medicina Legal del Organismo de Investigación Judicial (OIJ) para valorar y «corroborar el estado de salud» de Castro. Esta orden generó el Oficio N° 2020-0300.oa de la Sección Clínica Médico Forense, fechado el 3 de diciembre de 2021 y firmado por la Dra. Sandra Solórzano Herra, solicitando el traslado de Castro para la valoración médica, sin embargo, este no se presentó.

En respuesta, el 5 de diciembre de 2021, Castro interpuso un recurso de habeas corpus ante la Sala Constitucional contra el Departamento de Medicina Legal del OIJ y el Tribunal Penal del II Circuito Judicial de San José. Argumentó que, como adulto mayor con condiciones de salud preexistentes, era más vulnerable al contagio de COVID-19. Alegó que la orden de comparecencia para las pruebas médicas «quebrantaría su libertad y pondría en peligro su integridad personal y su vida ante el alto riesgo de contagio de COVID-19, sin ninguna necesidad, lesionando sus derechos fundamentales». Finalmente, la Sala Constitucional declaró inadmisible y rechazó de plano el recurso mediante la Resolución Nº 24100 – 2020.

A la ausencia del querellante se sumó la de sus dos representantes legales. Ante esta situación, el tribunal consideró que los demandantes habían abandonado el proceso. Por su parte, el equipo de abogados defensores calificó las ausencias como actos simulados de la parte querellante y solicitó al tribunal dictar un sobreseimiento a favor de sus representados.

El 24 de febrero de 2021, el Tribunal Penal del Segundo Circuito Judicial de San José emitió la sentencia de sobreseimiento definitivo por desistimiento tácito, número 106-2021, declarando la extinción de la acción penal. En consecuencia, Juan Diego Castro fue condenado al pago de más de ₡5.000.000, en un plazo de 15 días, por las costas del juicio y la demanda civil. Este monto se desglosa en ₡181.500,00 para cada demandado por las costas personales de la querella, y ₡4.912.500,00, distribuido equitativamente entre los demandados civiles por las costas personales de la demanda civil. Sin embargo, Castro apeló la sentencia, lo que derivó en un segundo juicio.

En el juicio renovado, que se extendió a lo largo de 2022 y culminó el 6 de marzo de 2023, Marlon Mora se vio solo ante el tribunal. Esto ocurrió después de que Juan Diego Castro negociara acuerdos con la Universidad y la persona previamente señalada por las declaraciones difamatorias.

El panel de jueces, compuesto por Ivannia Delgado, Mercedes Muñoz y Rodrigo Mora, dictaminó que Mora era culpable de dos cargos de difamación en perjuicio de Castro. La sentencia incluyó una multa de ¢600.000, equivalente a 60 días multa, el pago de ¢15 millones por daño moral al querellante y ¢3 millones adicionales por las costas legales del proceso. Asimismo, se ordenó la publicación completa de la sentencia en un periódico de circulación nacional.

La sentencia contra Marlon Mora ha generado una profunda preocupación en la comunidad periodística costarricense y a nivel regional. El Centro de Investigación en Comunicación (CICOM), el Programa para la Libertad de Expresión (PROLEDI), la Escuela de Comunicación de la Universidad de Costa Rica, el Colegio de Periodistas y Profesionales en Comunicación Colectiva (COLPER), y la Oficina de Asistencia Legal para Periodistas de la Universidad para la Paz, entre otras organizaciones, han expresado su inquietud ante el caso y la gravedad del proceso judicial al que ha sido sometido el comunicador.

En su comunicado, PROLEDI recordó el caso Herrera Ulloa vs. Costa Rica (2004), en el cual la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) determinó que las sanciones penales impuestas a un periodista tuvieron un efecto amedrentador sobre la libertad de expresión, silenciando la divulgación de información de interés público sobre funcionarios estatales. La CIDH también señaló que las disposiciones penales sobre difamación, calumnias e injurias, cuando se refieren a expresiones sobre asuntos de interés público, vulneran el artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, al no existir un interés social imperativo que justifique la sanción penal. Comunicado PROLEDI

Por su parte, la Escuela de Comunicación de la UCR advirtió sobre las implicaciones de este caso para el libre ejercicio del periodismo en el país y para la libertad de expresión en general.

 “El proceso judicial que ha enfrentado el señor Mora, de manera solitaria y sin el apoyo de su institución empleadora, debe ser motivo de discusión pública y de cambio: la Universidad de Costa Rica debe proteger, garantizar y acompañar los procesos del ejercicio del periodismo libre en su sistema de medios de comunicación, y también en todas las instancias donde se ejerce el derecho a la información mediante acciones de transparencia y rendición de cuentas al Gobierno y a la ciudadanía”, añadieron. Comunicado Escuela de Comunicación

Por su lado COLPER, señaló que quien aspira a un cargo de elección popular debe estar dispuesto a ser sometido al análisis y la crítica por parte de la ciudadanía y del periodismo responsable, ético y técnicamente riguroso, lo que incluye la verificación y el equilibrio informativo. Comunicado COLPER

La condena ha traído múltiples afectaciones a la vida de Mora, incluida, además del embargo total de sus bienes, una etapa de desempleo prolongado junto a la persecución y el hostigamiento que, de acuerdo con Mora, a la fecha continúa promoviendo Juan Diego Castro por medio de sus plataformas. “Se me cuestiona no solamente mi credibilidad, sino mi labor de toda mi vida y la mi familia”, destacó.

Marlon Mora describe la profunda angustia y la complejidad de enfrentar un juicio por difamación, especialmente cuando amenaza con destruir todo lo que ha construido a lo largo de su vida, incluyendo sus bienes familiares. Destaca la posibilidad real de perderlo todo si el juicio se falla en su contra, dada la imposibilidad de afrontar las elevadas sumas de dinero que implicarían tanto las facturas legales del proceso penal como una eventual condena económica, montos que, según él, ningún periodista en el país, incluso los de los medios más importantes, podría pagar. Esto subraya la vulnerabilidad económica del periodista individual ante este tipo de procesos legales.

“(…) Le digo por experiencias, porque lo he conversado con colegas que han perdido juicios en procesos penales en el pasado y ellos siempre me han dicho que, si ellos no hubieran enfrentado esos procesos con el respaldo de los medios, hubieran quedado en la calle”, enfatizó a Infomedio.

En la misma línea, Mora reflexiona sobre la complejidad de lidiar con el juicio a lo largo de siete años, destacando el apoyo crucial de su abogada, quien no solo lo ha guiado en el proceso legal, sino que también le ha brindado contención emocional y le ha ayudado a mantener la calma y la perspectiva.

“Si bien ha sido algo muy complejo, he tenido la contraparte de una abogada muy solidaria, una persona que me ha llevado la mano para decirme, esté tranquilo, este no es el momento, hay que esperar, o sea, como todo un lenguaje de sensibilización a la par del proceso jurídico, que me ha hecho ir madurando en estos siete años de juicio para enfrentarlo con mejor y mayor disponibilidad hacia la dignidad, porque, obviamente, los comentarios en redes, si no tenemos la suficiente capacidad de resistencia, nos lesiona”, comentó.

Foto: Infomedio/2025

Mora también menciona el impacto negativo de los comentarios en redes sociales, tanto de desconocidos como de colegas, que pueden ser hirientes si no se tiene la suficiente resiliencia. Reconoce que este tipo de agresiones en línea pueden afectar la salud mental, algo que ha sido demostrado por investigaciones científicas.

Se anula la condena, pero se ignora la prescripción

A pesar de acoger la apelación de Mora y su representante legal, Marcela Rodríguez Chaves, y anular totalmente el fallo el 15 de febrero de 2024, el Tribunal Penal de Apelación Especializado en Delincuencia Organizada mantuvo la prescripción del caso. No obstante, al no acoger la prescripción argumentada en la apelación, el fallo del recurso incluye la orden de «reenvío al Tribunal de origen, para una nueva sustanciación.» Esta decisión resulta particularmente notable dado que la prescripción fue uno de los argumentos centrales esgrimidos en la apelación por la defensa. Los motivos presentados por la parte querellada incluyen:

Sobre la participación y la legislación aplicada

  • Falta de explicación de la participación de Mora en el delito de difamación por omisión.
  • Ilegalidad de aplicar la Ley de Imprenta y la Ley de Radio al caso, ya que no establecen la posición de garante para un director de un canal de televisión en casos de difamación por omisión.
  • Contradicción en la querella al alegar comisión por omisión, pero argumentar dolo directo.
  • El deber de garante debe estar explícitamente en la ley, lo cual no ocurre en la Ley de Imprenta ni en la Ley de Radio.
  • Se demostró que Mora desconocía el contenido del programa antes de su emisión.
  • Valoraciones subjetivas de la sentencia al inferir la intención del programa de exponer al querellante y alterar el electorado.
  • Error lógico al considerar a Mora funcionario público, pero omitir que un candidato presidencial tiene la misma investidura (para argumentar la inaplicabilidad de la Ley de Imprenta).
  • Improcedencia de adaptar jurídicamente leyes que no previeron la situación de la televisión.

Sobre el control de convencionalidad y constitucionalidad:

  • Falta de fundamentación y análisis sesgado de resoluciones de la CIDH.
  • Vicios de inconstitucionalidad al no existir norma que determine la posición de garante de Mora en difamación televisiva por omisión.
  • La televisión es distinta a la información impresa o por radio y requiere una regulación diferente.
  • El tribunal ignoró aspectos esenciales de la libertad de expresión y su protección.
  • Extralimitación al restringir la libertad de expresión de Canal 15 en aras de proteger el honor del querellante.

Sobre la prescripción del delito:

  • Errónea aplicación de las reglas de prescripción. Los hechos difamatorios se transmitieron en diciembre de 2017, y la querella se presentó en diciembre de 2019, es decir, fuera del plazo de prescripción de dos años.
  • Error al considerar las retransmisiones como un «delito continuado», cuando se trató de una única unidad de acción (la emisión original).
  • Error al considerar un concurso de delitos, ya que el plan del autor fue único.

Lea la apelación completa

Sobre la aplicación de la Ley de Imprenta y la determinación de la pena:

  • Aplicación errónea del artículo 7 de la Ley de Imprenta, que es inaplicable por referirse a publicaciones impresas y establece una pena diferente.
  • Aplicación extensiva y analógica integral de una norma inaplicable, obviando elementos objetivos y subjetivos.
  • Los autores y editores del programa estaban identificados, lo que excluye la responsabilidad por descarte que plantea la ley de imprenta.
  • El artículo 23 de la Ley de Imprenta se refiere solo a injurias y calumnias, y no se analizó si Mora podía impedir el acto.
  • El fallo reconoce que Mora no participó en la elaboración del programa ni definió su contenido, por lo que no podía impedir su difusión.
  • Falta de análisis de la libertad de expresión de Canal 15, que debe ser respetada.
  • Mora solo otorgó el espacio al aire y autorizó el uso de recursos, estando los realizadores protegidos por la libertad de prensa.
  • El artículo 29 de la Constitución Política impide la censura previa, lo cual contradice la sentencia que establece un deber de garante de revisar contenidos.
  • No aplicación del artículo 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos, que sanciona la censura previa.
  • Contradicción en el fallo al sostener la libertad de prensa y al mismo tiempo un deber de garante de revisar contenidos, sin explicar cómo evitar la censura previa.

Sobre la falta de determinación del dolo:

  • La sentencia no acredita el dolo en el delito de difamación por omisión, basándose en pura retórica y contradicciones.
  • El tribunal afirma que Mora no usó filtros para evitar lesionar el honor, pero también que él autorizó la cobertura falsa.
  • Imposición de una pena de multa con base en el salario de un profesional universitario a una persona que estaba sin trabajo.

Sobre la falta de sustento de la difamación y el daño moral:

  • El fallo no sustenta en qué consiste la difamación en el contenido del programa ni cuáles resoluciones judiciales desmienten lo dicho.
  • El fallo afirmó falsedad de las expresiones sin mencionar pruebas, mientras que la defensa alega que documentos aportados demostraban que los hechos habían sido tratados por otros medios.
  • Se reconoce que Mora desconocía el contenido del programa, y censurarlo previamente hubiera violado la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión de la CIDH y el Estatuto Orgánico de la UCR.
  • No hubo prueba del daño moral sufrido, limitándose el fallo al ámbito político y reconociendo la falta de demostración de lesión a la familia e hijos del querellante.

A pesar de este fallo, el embargo a los bienes de Mora continúa, mientras la deuda acumulada crece. Inicialmente el tercer juicio estaba programado para marzo de 2025, sin embargo, por solicitud de Juan Diego Castro la fecha fue movida a febrero de 2026. Algo que, de acuerdo con Mora, ha sido una constante durante el proceso. “Parte de los juegos de quien cree puede acabar con mi espíritu y fuerza (…) Una discusión valiosa para el periodismo en plena época electoral”.

Amenaza de un precedente para el periodismo

Marlon Mora considera que su caso, a pesar de la poca atención pública, es crucial para la percepción de la libertad de expresión en Costa Rica.

“Porque fui a una condena de las condenas yo creo más graves que puede recibir un periodista, no existe otro caso más emblemático que ese, yo sabía que ese caso yo lo iba a ganar ante la Corte Interamericana, pero afortunadamente nuestra apelación prosperó, y bueno, vamos a ir a un tercer juicio”, comentó a Infomedio.

Esta experiencia lo ha hecho dudar de la tranquilidad que sentía en el sistema judicial y critica ser juzgado bajo leyes anacrónicas (Ley de Radio del 58 y Ley de Imprenta del 40), desfasadas con los estándares de derechos humanos y la jurisprudencia interamericana, que en principio lo eximirían de responsabilidad por declaraciones difamatorias de terceros sobre las que no tenía control.

“Entonces vuelvo a juicio (…) con una denuncia que me juzga por una legislación (…) que en la progresividad de los derechos humanos (…) están totalmente retrogradas, con una gran cantidad de jurisprudencia en el sistema interamericano que dice, de buenas a primeras, que en mi caso yo no puedo tener ningún tipo de responsabilidad, porque a mí se me juzga por 14 afirmaciones difamatorias que no dije, que lo dijo otra persona, y que además el resorte de la censura, el control, o lo que quieran decir ustedes alrededor de ese programa, yo no lo tenía. O sea, yo nunca pude haber hecho nada para que ese programa no se hiciera. Ese programa tenía la libertad de salir completo, pero además si como periodista yo hubiese, digamos, callado las bocas de esos jóvenes que hicieron ese programa, yo hubiese caído en una figura que ya está totalmente estipulada en nuestro sistema, y que lo comprendemos los periodistas, que hacemos periodismo diario, que es la censura previa (…) Yo no podía hacer eso, Pero bueno, esa es parte, digamos, del entorno, de la realidad que tenemos, y que puede resultar en estos tiempos muy preocupantes”, resaltó Mora.

El Balance 2024 de Reporteros Sin Fronteras (RSF) muestra que, aunque Costa Rica conserva su posición como el país con mayor libertad de prensa en Centroamérica, su índice experimentó una notable caída de 4,07 puntos, descendiendo del puesto 23 al 26. Esta disminución se explica por un deterioro significativo en los indicadores económico, legislativo y social

“El espacio que se suponía como un faro de luz en temas de libertad de expresión, que era nuestro país, ha venido en decadencia (…) si bien seguimos teniendo un puesto decente, no gozamos de la misma salud que teníamos anteriormente. Y otros reportes indican que Costa Rica está en peligro”, lamentó Mora.

Mora subraya que su lucha no es solo por su derecho, credibilidad y reputación, sino también por las futuras generaciones de periodistas, ya que una condena sentaría un precedente gravísimo para la investigación periodística.

“(…) Que los colegas sepan que este juicio yo no solamente lo estoy enfrentando para defender mi derecho, mi credibilidad, mi reputación, y que yo no dije esas afirmaciones, y que no tengo ninguna responsabilidad sobre eso, sino que estoy en este juicio, porque las personas que vengan detrás de mí, si a mí me condenan, no van a poder hacer investigación. Va a crear un precedente de los más graves. Marlon Mora expresa su esperanza de obtener un resultado más favorable en este tercer juicio, aunque anticipa que el proceso legal continuará con las mismas etapas de apelación y casación que en los juicios anteriores. Esto implica muchos años más de un proceso judicial desgastante, engorroso y económicamente difícil.”

En la misma línea, agrega que “estamos pasando un muy buen tiempo para el periodismo, un muy mal tiempo para los periodistas”, porque el ejercicio periodístico se está viendo vulnerado por el mismo marco legal que debería protegerlo, lo que, como efecto, lleva a la autocensura.

En este sentido, Mora también hace un llamado y aboga por una mayor solidaridad dentro del gremio periodístico, tanto a nivel centroamericano como a través del Colegio de Periodistas de Costa Rica y otras instituciones. Considera crucial trabajar unidos por la dignificación de la profesión para reivindicar la labor de aquellos periodistas que enfrentan peligros por su trabajo.

Castro de la verdad

Juan Diego Castro, es una figura prominente en la política y el ámbito legal costarricense, ha generado tanto admiración como controversia a lo largo de su carrera. Su extensa trayectoria incluye roles significativos en el sistema judicial, ministerios clave, y la presidencia del Colegio de Abogados y Notarios de Costa Rica.

Su candidatura presidencial en 2018, representando al Partido Integración Nacional (PIN), polarizó al electorado, caracterizada por un estilo directo y, a menudo, confrontativo. Este estilo, si bien atrajo a algunos, también generó críticas y controversias.

Uno de los puntos álgidos de su carrera fue su vinculación a los «Panama Papers«. Medios costarricenses como el Semanario Universidad y Amelia Rueda informaron sobre su relación como abogado de una empresa vinculada al bufete Mossack Fonseca, epicentro del escándalo. Aunque Castro negó cualquier actividad ilegal o evasión fiscal, argumentando que su trabajo se enmarcó en la legalidad. La controversia afectó su imagen pública, especialmente durante su campaña presidencial.

Castro respondió a las acusaciones con fuertes críticas hacia los medios de comunicación, lo que intensificó el debate sobre la transparencia y la ética en la política y la abogacía en Costa Rica.

En 2022, publicó el libro interactivo «Los canallas.info«, donde expone sus acusaciones contra periodistas, a quienes describe como parte de una «casta codiciosa» que orquestó campañas de desinformación en su contra durante las elecciones de 2018. Utilizando un lenguaje descalificatorio, Castro critica a medios como La Nación, CR Hoy, Repretel, Amelia Rueda y Semanario Universidad.

En el libro, Castro dedica un apartado a Marlon Mora, donde relata la querella interpuesta contra Mora por supuestos delitos de difamación, y expone datos sensibles de identificación del querellado, pese a que, en los documentos públicos del caso, no son visibles por la normativa jurídica costarricense que les protege como la Ley N° 8968, «Ley de Protección de la Persona frente al Tratamiento de sus Datos Personales”.

Castro mantiene una presencia activa en redes sociales, donde continúa expresando sus opiniones y críticas hacia periodistas y medios.

Enlace a la publicación

Marlon Mora, en respuesta, enfatiza la necesidad de que las figuras públicas sean más tolerantes a la crítica, subrayando que la política no justifica ataques a la prensa y lamentando un «ataque sistemático» contra los medios en los últimos años. Mora considera que este «discurso de descalificación hacia la prensa» es perjudicial para la democracia costarricense. “Creo que debemos tener una mayor solidaridad sobre el gremio, creo que las asociaciones de periodistas a nivel centroamericano, el Colegio de Periodistas acá en Costa Rica, y muchas otras instituciones deben de ir hacia un camino de trabajo por la dignificación de nuestro oficio, de nuestro trabajo profesional, y que es la única oportunidad que tenemos de reivindicar las labores de quienes en este momento tienen, digamos, oferta de peligro por hacer su trabajo”, concluye Mora.

¿Justicia Lenta o Libertad de Prensa en Retroceso?

El caso de Marlon Mora se erige como un claro ejemplo de cómo el sistema judicial puede ser utilizado para amedrentar y restringir la libertad de prensa en Costa Rica. La demanda interpuesta por Juan Diego Castro, a raíz de una sátira política emitida en un programa universitario, trasciende la esfera individual y se instala como una amenaza latente para el ejercicio periodístico crítico y la salud de la democracia costarricense.

En la actualidad, Mora ha logrado volver a las aulas de clase, sentenciado, con su patrimonio embargado y a la espera de un tercer juicio y a la espera de la justicia, que aún no se asoma en un país donde hoy más que nunca debería voltear los ojos hacia la libertad de expresión y prensa.

Foto: Infomedio/2025

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