Las reformas de los artículos 23 y 25 fueron publicadas el 20 de mayo en el Diario Oficial La Gaceta, mientras que el presidente de la Asamblea Nacional afirmó que aplicarán retroactividad en la eliminación de la doble nacionalidad. «Nadie puede servir a dos patrias», dijo Porras.
Artículo primero: Reformas
Se reforman los artículos 23 y 25 de la Constitución Política de la República de Nicaragua, cuyo Texto Íntegro fue publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 32 del 18 de febrero de 2025, los que se leerán así:
Artículo 23: Las y los extranjeros pueden ser nacionalizados, previa renuncia a su nacionalidad originaria.
Las y los centroamericanos de origen, residentes en Nicaragua, tienen derecho de optar a la nacionalidad nicaragüense sin renunciar a su nacionalidad.
Artículo 25: La nacionalidad nicaragüense se perderá al momento de adquirir otra nacionalidad».
Artículo segundo: Publicación y vigencia.
Se mandata la publicación de esta primera aprobación en La Gaceta, Diario Oficial. Una vez sea aprobada en segunda legislatura, la presente Ley de Reforma parcial a los artículos 23 y 25 de la Constitución Política de la República de Nicaragua, entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.


